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jueves, 21 de febrero de 2019

HANS KENSEL ABOGADOS Y CONCILIACION



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domingo, 23 de octubre de 2016

CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL HANS KENSEL

AV MIGUEL IGLESIAS - MZA C- LOTE 5- COSTADO COLEGIO LAS AMERICAS-
CONCILIACION DE FAMILIA S/.100 SOLES
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martes, 17 de septiembre de 2013

DIVORCIO RAPIDO EN SAN JUAN DE MIRAFLORES





DIVORCIO RAPIDO, SEPARACION CONVENCIONAL



REQUISITO:

MUTUO ACUERDO.

INFORMES EN CALLE GRAU MZA H-LOTE 5- EL TREBOL,AZUL- SAN JUAN DE MIRAFLORES

TELEFONO PARA INFORMES:

2768760

ESTUDIO JURIDICO LITIGIUM ASESORES

A TODO COSTO DIVORCIO RAPIDO

jueves, 29 de septiembre de 2011

EL DESALOJO EN LA CONCILIACION EXTRAJUDICIAL


DEFINICIÓN.
Tiene por objeto la restitución de la posesión de un bien inmueble.


SUJETOS.


SOLICITANTE.
Es la persona natural o jurídica que pide el desalojo, que tiene la calidad de:
· Propietario.
· Arrendador
· Administrador y
· Todo aquel que tiene derecho a la restitución de un bien
· Cualquier copropietario.
· Cualquier cónyuge respecto de un bien de la sociedad de gananciales.
· Cualquiera de los integrantes de la sucesión hereditaria.


EL INVITADO:
Es aquella persona natural o jurídica que se encuentra en posesión de bien inmueble, a quien se pide el desalojo y que tiene la calidad:
· Arrendatario
· Subarrendatario.
· Poseedor precario
· Cualquier persona a quien es exigible la restitución del bien.


MOTIVOS PARA SOLICITAR DESALOJO.
· Por vencimiento del plazo de un contrato de arrendamiento de plazo determinado.
· Por resolución de contrato de arrendamiento.
· Por ocupación precaria.


DOMICILIO.


SOLICITANTE.
El lugar donde tiene su residencia habitual la persona natural o jurídica que solicita el desalojo.


INVITADO.
El lugar donde reside el invitado y el lugar donde se encuentre el bien inmueble objeto de la solicitud de desalojo.


COMPETENCIA.
El Centro de Conciliación del lugar donde se encuentra el bien inmueble objeto de la solicitud de desalojo.


REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN
La solicitud deberá contener:
1. Nombre, denominación o razón social, documento de identidad, domicilio del solicitante. En el caso que el solicitante desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud.
2. Nombre y domicilio del representante del solicitante de ser el caso.
3. Nombre, denominación o razón social del invitado.-
4. Domicilio o la dirección del centro de trabajo del invitado.
5. Describir en forma precisa los hechos materia del conflicto de desalojo.
6. La pretensión consistente en el desalojo, describiendo en forma precisa el bien inmueble objeto del desalojo y la causal.
7. Firma del solicitante o huella digital si es analfabeto


ANEXOS DE LA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN.
· Copia simple de DNI vigente del solicitante.
· Documento que acredite la representación en caso de personas jurídicas (se acredita con la copia notarialmente certificada del documento donde conste el nombramiento, debidamente inscrito)
· Copia simple de la copia literal de dominio, o documento que acredite la administración del bien.
· En caso que se solicite desalojo por vencimiento del plazo de contrato se debe presentar copia del contrato de arrendamiento y la carta notarial donde se solicita la devolución del bien inmueble objeto del desalojo.
· En caso que se solicite desalojo por resolución de contrato de arrendamiento se debe presentar copia del contrato de arrendamiento del bien inmueble objeto del desalojo
· Copia simple de solicitud y anexos en número igual a las partes.


ASPECTOS A CONSIDERAR EN UN ACUERDO CONCILIATORIO POR DESALOJO.
· Individualizar el bien que es objeto de la restitución.
· Establecer en forma precisa la restitución del bien en un plazo determinado.
· Establecer el día y año de la restitución del bien inmueble.
· Se puede establecer igualmente un nuevo contrato de arrendamiento.
· Se puede establecer la compraventa del bien arrendado.


TODOS LOS LUNES CONCILIACION EXTRAJUDICIAL A 50 SOLES, EN EL CENTRO HANS KENSEL- JR TREBOL AZUL-MZA H- LTE 27- SAN JUAN DE MIRAFLORES- LIMA- VENIR POR LA CT DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, TOMAR LINEA LETRA D, BAJAS EN LA POSTA EN CANEVARO- BIENVENIDOS PUEDEN PARTICIPAR VECINOS DE TODOS LOS DISTRITOS DE LIMA.

OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA EN LA CONCILIACIÓN


Definición
La escritura pública es un documento público, elaborado por Notario Publico que contiene uno o más actos jurídicos celebrados por los otorgantes, en el que se hace constar ante Notario Público un acto jurídico. Hay escrituras públicas de compraventa de inmuebles, partición de una copropiedad, constitución de hipotecas, etc.
El otorgamiento de escritura pública tiene por objeto que cualquiera de los intervinientes de un contrato obtenga su correspondiente escritura pública a que se niega a otorgar el otro interviniente del contrato, por ejemplo cuando el vendedor de un inmueble, pese a suscribir la minuta de compraventa se niega a suscribir la escritura publica de compraventa de un inmueble.
El proceso judicial de otorgamiento de escritura pública es el proceso mediante el cual el Juez, a pedido del demandante celebrante de un contrato, ordena al demandado que cumpla con otorgar el instrumento respectivo, el mismo que puede ser otorgado por el Juez, en rebeldía del demandado.
Sujetos.-
Solicitante
Es la persona natural o jurídica interviniente en un contrato que no ha obtenido de parte del otro interviniente la correspondiente escritura pública de un acto jurídico.
Invitado
Es la persona natural o jurídica interviniente de un contrato que se niega a otorgar la escritura pública de un contrato al Solicitante.
Requisitos de la solicitud de conciliación
La solicitud deberá contener:
1. El nombre, documento de identidad, domicilio, En el caso que desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud.
2. El nombre y domicilio del representante o apoderado del solicitante. Señalar la Ficha o Partida Electrónica de los Registros Públicos en que se encuentra inscrito su nombramiento o poder.
3. El nombre, denominación o razón social del invitado.
4. El domicilio del invitado, de ser el caso.
5. Describir en forma precisa los hechos materia del conflicto.
6. La pretensión consistente en el otorgamiento de escritura publica de un contrato.
7. La firma del solicitante; o su huella digital, si es analfabeto.
Anexos de la solicitud de conciliación.-
· Copia simple del documento de identidad del solicitante vigente.
· Copia simple del documento de identidad del representante del solicitante, vigente .
· El documento que acredita la representación del solicitante vigente y con facultades expresas para conciliar
· Contrato y la correspondiente minuta que se solicita formalizar.
· Tantas copias simples de la solicitud y sus anexos, como invitados a conciliar

TODOS LOS LUNES CONCILIACION EXTRAJUDICIAL A 50 SOLES, EN EL CENTRO HANS KENSEL- JR TREBOL AZUL-MZA H- LTE 27- SAN JUAN DE MIRAFLORES- LIMA- VENIR POR LA CT DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, TOMAR LINEA LETRA D, BAJAS EN LA POSTA EN CANEVARO- BIENVENIDOS PUEDEN PARTICIPAR VECINOS DE TODOS LOS DISTRITOS DE LIMA.

INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS EN EL PROCESO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL


DEFINICIÓN DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS.-
La indemnización de daños y perjuicios tiene como función resarcir y reparar al afectado con un hecho dañoso y esta orientado a que el afectado con el hecho dañoso recobre la situación que tenia antes de la producción del daño, otorgándole a la victima una suma de dinero necesaria para colocarlo en el estado que se encontraba antes del daño.

CONTENIDO DE LA INDEMNIZACION
1.- DAÑO PATRIMONIAL.
· DAÑO EMERGENTE
Es el empobrecimiento en el patrimonio de la victima.
· LUCRO CESANTE
Comprende todo aquello que ha dejado de ganar la victima a causa del acto dañoso.

2.- DAÑO EXTRA PATRIMONIAL.
. DAÑO SOMÁTICO.
Es el daño a la estructura del cuerpo humano.
· DAÑO PSICOLOGÍA.
Es el daño a la Psiquis.
· DAÑO A LA LIBERTAD.
Es el daño al proyecto de vida de la victima.
· DAÑO MORAL
Es el sufrimiento de la victima a causa del daño.

CRITERIOS PARA DETERMINAR LA REPARACIÓN DEL DAÑO
· Que el daño sea cierto.
· El daño a la victima debe probarse, con algún medio probatorio
· Apreciación prudencial del monto indemnizatorio.
· La condición personal de la victima
· Situación personal del agresor
· La influencia de la gravedad de la culpa en la reparación.
· La aplicación de indicadores económicos.
· Relación de causalidad entre la acción dañosa con el daño.
· Establecer los costos y costas.

SUJETOS DE UN PROCESO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL POR INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS

SOLICITANTE.-
Es aquella persona afectada con el hecho dañoso.
Quien puede pedir indemnización.
· La victima del daño.
· El denunciado por calumnia.

EL INVITADO.--
Es aquella persona natural o jurídica autor del daño.
Quien debe indemnizar.
· En general aquella persona natural o jurídica que ocasiona el daño.
· En caso de accidente de transito: el chofer y el propietario del vehículo generador del daño.
· El denunciante en el caso de delito de calumnia
· El propietario del bien generador del daño.

DOMICILIO.

SOLICITANTE.-
El lugar donde tiene su residencia habitual la victima del daño.

INVITADO.-
El lugar donde reside el autor del daño.

COMPETENCIA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.-
Sera competente el Centro de Conciliación del lugar donde ocurrió el daño.

REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.
La solicitud deberá contener:
1. Nombre, denominación o razón social, documento de identidad, domicilio del solicitante.
2. En el caso que el solicitante desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud.
3. Nombre y domicilio del representante del solicitante de ser el caso.
4. Nombre, denominación o razón social del invitado.
5. Domicilio o la dirección del centro de trabajo del invitado.
6. Describir forma precisa los hechos dañosos y el daño.
7. La pretensión consistente en la indemnización de daños y perjuicios.
8. Establecer en forma precisa el monto total indemnizatorio.
9. Establecer de manera independiente el MONTO por daño emergente, Lucro cesante, daño somático, daño psicológico, daño a la libertad y daño moral.
10. Firma del solicitante o huella digital si es analfabeto

ANEXOS DE LA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
· Copia simple de DNI vigente del solicitante.
· Documento que acredite la representación en caso de personas jurídicas (se acredita con la copia notarial mente certificada del documento donde conste el nombramiento, debidamente inscrito)
· Acreditar con algún medio probatorio el daño emergente, Lucro cesante, daño somático, daño psicológico, daño a la libertad y daño moral, el dolo o la culpa.
· Acreditar con medio probatorio el monto del daño emergente, Lucro cesante, daño somático, daño psicológico, daño a la libertad y daño moral, el dolo o la culpa-
· Copia simple de solicitud y anexos en número igual a las partes.

ASPECTOS A CONSIDERAR EN UN ACUERDO DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS
· Establecer el daño en forma precisa.
· Establecer el monto total indemnizatorio.
· Establecer el monto en forma independiente por daño emergente, Lucro cesante, daño somático, daño psicológico, daño a la libertad y daño moral. El cual sumado dará el monto total indemnizatorio.
· Forma de pago (al contado o en partes)
· Lugar de pago.
· Establecer el día y año de pago.

TODOS LOS LUNES CONCILIACION EXTRAJUDICIAL A 50 SOLES, EN EL CENTRO HANS KENSEL- JR TREBOL AZUL-MZA H- LTE 27- SAN JUAN DE MIRAFLORES- LIMA- VENIR POR LA CT DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, TOMAR LINEA LETRA D, BAJAS EN LA POSTA EN CANEVARO- BIENVENIDOS PUEDEN PARTICIPAR VECINOS DE TODOS LOS DISTRITOS DE LIMA.

OFRECIMIENTO DE PAGO- CONCILIACION


Definición Se produce cuando una persona natural o jurídica desea cumplir una prestación y ofrece a su acreedor cancelar su deuda pendiente: Características · Precisar con detalle la naturaleza de la obligación · Que la obligación le sea exigible · Que en el pago que pretende realizar concurren los requisitos establecidos en el Código Civil. · El Ofrecimiento debe consistir en cumplir la prestación. Sujetos Solicitante Es aquella persona natural o Jurídica que tiene la calidad de deudor del solicitante. Invitado Es aquella persona natural o Jurídica que tiene la calidad de acreedor del solicitante. Domicilio Solicitante El lugar donde tiene su residencia habitual el deudor que ofrece pagar su deuda. Invitado El lugar donde tiene su residencia habitual el acreedor. Objeto de la solicitud Ofrecer cumplir una deuda y cancelar. Requisitos de la solicitud de conciliación. La solicitud deberá contener: 1. El nombre, documento de identidad, domicilio del solicitante. En el caso que desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud. 2. El nombre y domicilio del representante o apoderado del solicitante. Señalar la Ficha o Partida Electrónica de los Registros Públicos en que se encuentra inscrito su nombramiento o poder. 3. El nombre, denominación o razón social del invitado. 4. El domicilio del invitado. 5. Describir en forma precisa los hechos materia del conflicto. 6. La pretensión consistente en ofrecer pagar una obligación. 7. Establecer en forma precisa el monto total ofrecido. 8. La firma del solicitante; o su huella digital, si es analfabeto. Anexos de la solicitud de conciliación · Copia simple del documento de identidad del solicitante vigente. · Copia simple del documento de identidad del representante del solicitante, vigente. · El documento que acredita la representación del solicitante vigente y con facultades expresas para conciliar · Copia de documento que acredite la obligación de pago de una deuda. TODOS LOS LUNES CONCILIACION EXTRAJUDICIAL A 50 SOLES, EN EL CENTRO HANS KENSEL- JR TREBOL AZUL-MZA H- LTE 27- SAN JUAN DE MIRAFLORES- LIMA- VENIR POR LA CT DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, TOMAR LINEA LETRA D, BAJAS EN LA POSTA EN CANEVARO- BIENVENIDOS PUEDEN PARTICIPAR VECINOS DE TODOS LOS DISTRITOS DE LIMA.

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

TODOS LOS LUNES, PUEDEN CONCILIAR EN EL CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL HANS KENSEL, PAGANDO 50 SOLES CUALQUIER MATERIA CIVIL.

ESTA PROMOCION ES PARA EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS, BANCOS, FINANCIERAS, PRESTAMISTAS, DERRAMA MAGISTERIAL, COOPERATIVAS DE MILITARES, POLICIAS.

TODOS LOS LUNES Y SOLO LOS DIAS LUNES LAS PERSONAS DE TODOS LOS DISTRITOS DE LIMA METROPOLITANA QUE LO DESEEN PODRAN ACOGERSE A ESTA PROMOCION.

TODOS LOS LUNES COSTO CINCUENTA SOLES.

LA CONCILIACION EXTRAJUDICIAL, ES UN PROCEDIMIENTO LEGAL, QUE PERMITE PONER FIN A SUS CONFLICTOS, EVITANDO ASI JUICIOS LARGOS, COSTOSOS.

EL ACTA DE CONCILIACION DE ACUERDO TOTAL, ES UN TITULO EJECUTIVO, EQUIVALENTE A UNA SENTENCIA DEL PODER JUDICIAL.


CONCILIEMOS, TERMINEMOS CON NUESTROS CONFLICTOS, EVITEMOS JUICIOS LARGOS, COSTOSOS.


DIRECCION > JR TREBOL AZUL MZA H - LTE 27- SAN JUAN DE MIRAFLORES- COSTADO MODULO DE JUSTICIA.


REFERENCIA : DEN LA CT DE SAN JUAN TOMAR MICRO LETRA D Y BAJAR EN LA POSTA MEDICA.


ATENCION DE 9 AM A 6 PM


TOMAMOS ADEMAS SI UD DESEA A DOMICILIO SU SOLICTUD PARA CONCILIAR.

CORREO ELECTRONICO : hanskensel@yahoo.es
SI, VAMOS A SU EMPRESA, LOCAL, CASA, TRABAJO, PARA QUE UD NO DEJE SUS OBLIGACIONES. CONSULTENOS CON TODA CONFIANZA.

YA LO SABE TODOS LOS LUNES DE CADA SEMANA, MARATON DE CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES EN EL CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL HANS KENSEL DE LIMA/PERU.


PAGINA WEB www.actiweb.es/cchkensel




ORGANIZA DR. HUALTER DIAZ LEON/ ABOGADO-ARBITRO-CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL

NOTA IMPORTANTE.- EL COSTO SEÑALADO ES VALIDO SOLO LOS DIAS LUNES. SOLO LOS DIAS LUNES.-SOLO LOS DIAS LUNES-

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL, 50 SOLES TODOS LOS LUNES


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