miércoles, 26 de octubre de 2011

CONCILIAR ES MEJOR QUE DEMANDAR.....





La Cultura de Paz corresponde a una serie de valores, , actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y previenen los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación entre las personas, los grupos y las naciones teniendo como referencia los derechos humanos, respetándolos y teniéndolos en cuenta en esos tratados. Esto fue definido por resolución de la ONU, siendo aprobada por la Asamblea General el 6 de Octubre de 1999.

La idea de una Cultura de Paz se planteó por primera vez en el Congreso Internacional sobre "La Paz en la Mente de los Hombres" que se celebró en Yamasukro, Costa de Marfil en Julio de 1989
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¿En que consiste la conciliación?

Uno de los principales problemas que tenemos nosotros los humanos en la vida diaria, es que cortamos la comunicación, y dejamos de hablarnos sin ningún motivo aparente con nuestros amigos y familiares.

En la vida cotidiana se nos "olvida" fácilmente hablar como lo hacíamos en el noviazgo ó en los primeros meses de matrimonio, y abrimos entonces un abismo muchas veces insalvable.

Aceptamos, tácitamente, situaciones que nos disgustan en ese momento preciso, y se abre entonces una brecha insalvable, por culpa del orgullo propio y la falta de tolerancia...

Por eso existe la conciliación, para frenar esa situación anómala, que es un mecanismo alternativo para solucionar conflictos al cual le da más realce, del que debería tener en principio.

Con este mecanismo alternativo, el Estado propicia un espacio para que los ciudadanos busquen acuerdos simples, cuando se ha deteriorado enormemente su capacidad de diálogo.

Conciliar es acudir donde un "conciliador en un Centro de Conciliacion Extrajudicial autorizado por el Ministerio de Justicia" y contarle el problema existente: "Mi esposa no me da dinero para la manutención de mis hijos"... El escucha pacientemente a las dos partes, crea el clima apropiado de confianza necesario para que se expresen libremente, y trata por todos los medios de que lleguen a un entendimiento mutuo.

El conciliador, no tiene potestad alguna para decidir por cuenta propia, pero sí la capacidad para atraer a los dos afectados con el problema existente, y ayudarles a limar asperezas, y encontrar finalmente una solución rápida y efectiva.

Lo que se logra con esta reunión, queda registrado simplemente en un acta de familia, con carácter obligatorio para ambas partes, de obediencia tácita para beneficio de la familia.

¿Qué asuntos conciliar y para qué?

Cualquier asunto que atente contra la armonía familiar y tenga consecuencias graves a la integridad familiar ó contra la familia como institución básica de la sociedad, con el fin primordial de recobrar la estabilidad y la confianza familiar, ó por lo menos, de restablecer la sana comunicación expedita entres seres civilizados.

En otra palabras, todo comportamiento de un miembro de la familia, que implique violencia doméstica, daño físico ó psíquico, amenaza verbal, maltrato, agresión y ofensa son síntomas graves que debe ser pautado por una autoridad competente.

Reciben especial cuidado la violencia intrafamiliar, los atentados contra los derechos fundamentales de los niños: a la vida, a la integridad, a la salud, a tener una familia, y a no ser separados de ella por ningún motivo lógico.

En forma práctica, son -por ejemplo- temas de conciliación: la regulación de visitas conyugales a hijos de padres separados, las cuotas alimenticias, la suspensión de actos bochornosos que impliquen agresión física y psíquica a cualquier miembro de la familia, cualquier asunto económico.

También, muchos de los procesos que se pretenden ventilar ante la jurisdicción de familia, tienen como requisito básico para abrir el proceso, llevar la constancia de que se agotó previamente todos los medios disponibles una audiencia de conciliación familiar.

Entre ellos están: la separación de cuerpos, el divorcio que no sea de mutuo acuerdo, la declaración de la unión marital de hecho, la separación de bienes, etc.

Esto es con el fin primordial de ofrecer una alternativa viable de diálogo antes de iniciar prontamente un dispendioso trámite burocrático.

Así se han restablecido y se ha llegado a acuerdos prematrimoniales muchas relaciones, ó por lo menos, se ha evitado que el problema crezca de forma desmedida sin freno alguno.

¿Qué sentido práctico tiene conciliar?

El ser humano muchas veces se crea los problemas solos. Crecimos en la cultura del pleito diario, de llevarnos el punto, y por lo general no hemos aprendido a buscar soluciones factibles y rápidas a los problemas, a resolverlas, antes de poner la barrera del "No dialogo", de la indiferencia existencial.

La realidad palpable nos muestra que los problemas que se originan desde la familia, nicho mínimo de la sociedad, necesariamente trasciende en forma de violencia familiar e injusticia social.

Y, es precisamente por la realidad palpable de violencia, de desintegración del ser humano, de rompimiento permanente de hogares, que estamos cobrando conciencia, de que el camino es otro a seguir para que la famillia no se desintegre.

Hace falta sobre todo el diálogo familiar, la tolerancia, el entendimiento entre personas, del ser que está al frente... hace falta conciliar.

Vivimos en un estado de derecho, en donde la familia es reconocida especialmente por las instituciones nacionales, y está prácticamente protegida por muchas leyes.

Aprovechemos, la conciliación como una herramienta práctica que nos va a brindar el Estado, como una alternativa viable y práctica, para aprender a resolver los problemas familiares desde dentro.

¿A quien acudir?










A un Centro de Conciliacion extrajudicial autorizado por Resolucion Directoral por el Ministerio de Justicia.










Alli a ud le ayudaran a encontrar una solucion pacifica, consensuada, sin amenazas, sin necesidad de costosas demandas judiciales.










Los Centros de Conciliacion, todos sin excepcion tienen obligatoriamente un Abogado Colegiado, autorizado y reconocido por el Ministerio de Justicia.










Un Centro de Conciliacion no funciona en un Estudio Juridico, no se deje tomar el pelo. Acuda a las instituciones autorizadas por el Sector Justicia.

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL DIVISION Y PARTICION DE BIENES





DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES EN LA CONCILIACION



Concepto
Tiene por objeto dividir materialmente un bien, que es objeto de copropiedad, entre los copropietarios, poniendo fin al estado de copropiedad y se les adjudique a cada uno de los copropietarios la parte proporcional que les corresponde de acuerdo a ley.






Sujetos






Solicitante
Es la persona natural o jurídica que tiene la calidad de:
· Cualquier copropietario,
· heredero testamentario o intestado.
· Cualquier acreedor de los copropietarios de la sucesión





Invitado
Es la persona natural o jurídica que tiene la calidad de:
· Los copropietarios
· Los herederos.






Requisitos de la solicitud de conciliación.
La solicitud deberá contener:
1. El nombre, documento de identidad, domicilio del solicitante. En el caso que desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud
2. El nombre y domicilio del representante o apoderado del solicitante. Señalar la Ficha o Partida Electrónica de los Registros Públicos en que se encuentra inscrito su nombramiento o poder.
3. El nombre, denominación o razón social del invitado.
4. El domicilio del invitado
5. Los hechos que dieron lugar al conflicto, expuestos en forma precisa.
6. Establecer en forma precisa la relación de bienes inmuebles a dividir.
7. La pretensión consistente en la división y partición de un bien inmueble.
8. La firma del solicitante; o su huella digital, si es analfabeto.
Anexos de la solicitud de conciliación.-
· Copia simple del documento de identidad del solicitante vigente.
· Copia simple del documento de identidad del representante del solicitante.
· El documento que acredita la representación del solicitante vigente y con facultades expresas para conciliar
· Acreditar la copropiedad del bien objeto de la división, con copia literal de dominio.
· En caso de sucesión intestada copia literal donde figure inscrita la sucesión.
· Tantas copias simples de la solicitud, y sus anexos, como invitados a conciliar

jueves, 6 de octubre de 2011

Abogados y conciliacion extrajudicial

SAN JUAN DE MIRAFLORES Y SAN JUAN DE LURIGANCHO EN LIMA

ESTUDIOS JURIDICOS DICEN QUE SON A LA VEZ CENTROS DE CONCILIACION ESTAFAN A LOS LITIGANTES......


Los Estudios Jurídicos de Lima y de todo Perú, no pueden ser al mimo tiempo Centros de Conciliación. Hay denuncias de ciudadanos con problemas civiles, de familia que están siendo engañados en el Cono Sur, por abogados inescrupulosos, que en sus estudios tienen colgados Certificados y diplomas en los que dicen que ellos son Conciliadores Extrajudiciales. Sépalo bien, señor, señora. Ningún Estudio Jurídico, puede ser al mismo tiempo Centro de Conciliación extrajudicial, la ley no lo permite. El abogado que le diga, que el es Conciliador Extrajudicial y que el puede atender su conciliación y luego llevar su juicio civil, laboral, de alimentos es un maleante. Es un estafador, con titulo y colegiatura. Ningún Abogado que sea Conciliador Extrajudicial, puede patrocinar a nadie. Que se acerque a el pidiéndole conciliación extrajudicial. Pero la criollada, limeña. El hambre de ganar clientes a llevado a Abogadillos a poner certificados de conciliador, para hacerle creer al publico que ellos a un solo tiempo, a una misma vez pueden hacerle a ud una Conciliación extrajudicial y llevar su caso, litigar por ud. Los Centros de Conciliación extrajudicial todos por ley tienen un Abogado Colegiado, para ver su caso, tienen personal autorizado por el Ministerio de Justicia, para en audiencia encontrar una SOLUCION, que le evite a ud un largo y costos juicio. Ese es el sentido de la Conciliación Extrajudicial. Conversar, alcanzar una solución consensuada. Pero a los abogados tinterillos, ganapanes, no les gusta “la conciliación”.

Ellos le dicen: yo soy conciliador extrajudicial, me paga 200 soles por la conciliacion y aparte 200 para comenzar su juicio y sin ninguna audiencia, compran el acta a un centro dirigido por otro abogado vecino. Asi es en el Cono Norte y Cono Sur cuidado, no dejen que lo estafen, su problema debe terminar en la conciliacion.