Cómo puedo lograr que se me declare propietario de los bienes sobre los que ejerzo posesión hace mucho tiempo?
La adquisición de un bien procede a favor del poseedor que pueda demostrar haber ejercido posesión continua, pacífica y pública sobre un bien mueble o inmueble por determinado tiempo.
Para ello, deberá iniciar un proceso judicial ente el Juez de Paz Letrado o el Juez Especializado en lo Civil, según el valor del bien, solicitando se declare a su favor la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, que consiste en el derecho de adquirir la propiedad por la posesión continua, pacifica y pública de un bien mueble, durante 2 años, de un bien inmueble, durante 10 años, y en el caso de tener algún titulo y buena fe, el tiempo exigible es de 5 años.
Los requisitos para seguir este proceso son:
- Demanda autorizada por abogado.
- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
- Pianos de ubicación y perimétricos del inmueble.
- Certificación municipal acerca del propietario o poseedor.
- Copia literal de asiento de inscripción (Últimos 10 años si el predio es urbano y de 5 años si es rústico),
- Certificación que el bien no se encuentra inscrito.
- Declaración testimonial de no menos de 3 ni mas de 6 personas, mayores de 25 años.
- Inspección judicial del predio en caso de deslinde.
Si desea asesoramiento legal sobre el tema o iniciar el proceso judicial, no dude en comunicarse con nosotros a : celular 964344568 - DRA SHELLA
La adquisición de un bien procede a favor del poseedor que pueda demostrar haber ejercido posesión continua, pacífica y pública sobre un bien mueble o inmueble por determinado tiempo.
Para ello, deberá iniciar un proceso judicial ente el Juez de Paz Letrado o el Juez Especializado en lo Civil, según el valor del bien, solicitando se declare a su favor la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, que consiste en el derecho de adquirir la propiedad por la posesión continua, pacifica y pública de un bien mueble, durante 2 años, de un bien inmueble, durante 10 años, y en el caso de tener algún titulo y buena fe, el tiempo exigible es de 5 años.
Los requisitos para seguir este proceso son:
- Demanda autorizada por abogado.
- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
- Pianos de ubicación y perimétricos del inmueble.
- Certificación municipal acerca del propietario o poseedor.
- Copia literal de asiento de inscripción (Últimos 10 años si el predio es urbano y de 5 años si es rústico),
- Certificación que el bien no se encuentra inscrito.
- Declaración testimonial de no menos de 3 ni mas de 6 personas, mayores de 25 años.
- Inspección judicial del predio en caso de deslinde.
Si desea asesoramiento legal sobre el tema o iniciar el proceso judicial, no dude en comunicarse con nosotros a : celular 964344568 - DRA SHELLA
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