domingo, 17 de abril de 2022

RESPONSABILIDAD DE LOS PROMOTORES DE CENTROS DE CONCILIACION...

 

LOS PROMOTORES CON SU PLATA TIENEN QUE PAGAR:

1.- ALQUILER DE LOCAL TODO EL TIEMPO QUE FUNCIONES.

2.- TIENEN QUE CONTAR CON UN LOCAL QUE SEA DEL AGRADO DE LA DIRECCION DE CONCILIACION, PORQUE SI NO LE SUSPENDEN LA AUTORIZACION.

3.- TIENEN QUE PAGAR AGUA---AL PROPIETARIO.

4.- TIENEN QUE PAGAR LUZ AL PROPIETARIO.

5.- TIENEN QUE PAGAR SERVICIO DE INTERNETD.

6.- TIENEN QUE ASUMIR LOS COSTOS DE PAPEL, IMPRESIONES, COPIAS, LOS PROPIOS INCLUIDOS LOS DE LOS INSPECTORES QUE LOS VISITAN.

7.- NO RECIBEN AYUDA ECONOMICA DE NADIES Y EN NINGUNA FORMA.

8.- ASUMEN SOLOS LAS PERDIDAS QUE GENERE SU INSTITUCION.

9.- NINGUNA ENTIDAD BANCARIA LES DA CREDITO EN NINGUNA FORMA.

10.- DEBEN REMUNERAR DE SUS PROPIOS BOLSILLOS A SUS CONCILIADORES Y OTROS COLABORADORES.

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