lunes, 25 de junio de 2012

LAS PUERTAS PARA LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR DEBEN ESTAR SIEMPRE ABIERTAS .......ABAJO LAS FORMALIDADES INNECESARIAS

 
                                              
 
Si el Indecopi admite que las denuncias ante la Comisión de Protección del Consumidor se presenten sin abogado para beneficiar el acceso de los justiciables al sistema jurídico de protección y defensa del consumidor , entonces tiene que admitir un recurso de apelación cuando se presente dentro del plazo y se exprese en él, solamente que se apela por no encontrar arreglada a derecho la resolucion y que perjudica al denunciante, nada mas, no se necesita escribir màs, no se le puede exigir a gente humilde y con poca formacion que acude al indecopi sin abogado, que fundamente y exprese formalmente cuales son los agravios de la resolución, no se le puede exigir formalidades que solo conoce un abogado, y que son propias de los esquemas rigidos del proceso judicial, no se puede ser tan exageradamente legalista, ya no estamos en épocas del positivismo absoluto.

Hemos visto con mucha sorpresa que se estan declarando improcedentes recursos de apelacion por este hecho, perjudicando seriamente a muchas personas que acuden al indecopi sin asesoria especializada de abogados, todo por un tecnicismo legal que la gente no conoce.En este sentido la Sala debe se mas proactiva y dar oportunidad a los consumidores para poder discutir sus denuncias en sede de segunda instancia. Es decir,no se puede ser por un lado promotor de la defensa del consumidor y por el otro lado cerrarle las puertas.

Si el indecopi permite seguir procedimientos sin asesoría especializada de abogados, entonces su visión debe ser mas pro consumidor no debe ser tan legalista y formal que termine desestimando apelaciones legitima y oportunamente presentadas, solo por no cumplir un tecnicismo legal. En este caso se está desconociendo los principios garantistas que informan el derecho administrativo sancionador y sobre todo los referidos a la tutela del consumidor que son de orden constitucional y que INDECOPI como parte de la administración pública está obligado a observar. En este sentido, se estan haciendo un razonamiento totalmente descontextualizado de la realidad, es decir teoría pura, ley pura, como si el Derecho se agotara en la ley , sin mirar siquiera por un momento la realidad, sin siquiera por un momento mimetizarse con el consumidor y ponerse en sus zapatos, es decir , teorizan hasta en lo más mínimo, no ven más allá de la norma, no entienden que : el derecho es en esencia vida misma , regida por normas que encarnan valores ( Mario Alzamora Valdez, Introducción al Derecho , Editorial Sesator, Lima, 1991)

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