lunes, 10 de marzo de 2014

MODELO DE DEMANDA DE EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN

MODELO DE DEMANDA DE EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN

ÁREA: DERECHO PROCESAL
LÍNEA: ACTOS PROCESALES

En la presente entrada le ofrecemos el modelo de una demanda de ejecución de acta de conciliación, en esta demanda es importante observar el monto del petitorio a fin de determinar si la demanda se interpone ante un Juez de Paz Letrado o ante un Juez especializado en lo civil, este tipo de demanda son mayormente utilizadas en materia comercial. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y LUIS ALUDRA MONTES)

Modelo de demanda judicial de ejecución de acta de conciliación
EXPEDIENTE             :
ESPECIALISTA          :
ESCRITO                   : 01-2012
SUMILLA                   : Demanda de ejecución de Acta de Conciliación.

SEÑOR  JUEZ DE PAZ LETRADO.

(NOMBRE DEL PRIMER DEMANDANTE), con Documento Nacional de Identidad 29577337 y (NOMBRE DEL SEGUNDO DEMANDANTE), con Documento Nacional de Identidad 29245162, ambos con domicilio real en Urbanización Santo Domingo, E-5 distrito de Hunter, Arequipa, con domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN DOMICILIARIA.

El Sr. (NOMBRE DEL DEMANDADO), con domicilio en Prolongación Los Arces y Pancho Fierro (hoy Melgar) Block A departamento 303, distrito de Cayma, Arequipa.

II.- PETITORIO

Como pretensión principal, interpongo demanda de ejecución del segundo acuerdo conciliatorio contenido en el ACTA DE CONCILIACIÓN 2045-2012 para que se emita MANDATO DE EJECUCIÓN ordenándose que el demandado cumpla:
a.     Con pagar a favor de los demandantes la suma de S/. 6 100.00 nuevos soles
b.     Con desocupar el bien inmueble sito en Prolongación Los Arces y Pancho Fierro (hoy Melgar) Block A departamento 303, distrito de Cayma, Arequipa.
Como pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de intereses legales y consta y costos del proceso.

III.- NATURALEZA DEL ACTA DE CONCILIACIÓN Y VÍA PROCEDIMENTAL

El Artículo 18 de la Ley 26872 establece que “El Acta con acuerdo conciliatorio constituye título de ejecución. Los derechos, deberes u obligaciones ciertas, expresas y exigibles que consten en dicha Acta se ejecutarán a través del proceso de ejecución de resoluciones judiciales.”
Dentro de este contexto, siendo el Acta de Conciliación un título de ejecución, su ejecución se tramita a través del proceso de ejecución de resoluciones judiciales.

IV.- DE LA CUANTÍA

El monto de la cuantía del presente proceso es de S/. 6 100.00 nuevos soles, intereses legales, costas y costos del proceso.

V.-  DE LA COMPETENCIA

El  Artículo 690-B del TUO del Código Procesal Civil establece que “Es competente para conocer los procesos con título ejecutivo de naturaleza extrajudicial el Juez Civil y el de Paz Letrado. El Juez de Paz Letrado es competente cuando la cuantía de la pretensión no sea mayor de cien Unidades de Referencia Procesal. Las pretensiones que superen dicho monto son de competencia del Juez Civil.” Estando a la cuantía de S/. 6 100.00 nuevos soles la presente demanda se tramita ante el Juez de Paz Letrado.

VI.- FUNDAMENTOS DE HECHO.

1.      Los demandantes son propietarios del bien inmueble (departamento) ubicado en Prolongación Los Arces y Pancho Fierro (hoy Melgar) Block A departamento 303, distrito de Cayma, Arequipa.
2.      En nuestra calidad de propietarios, otorgamos en arrendamiento de casa habitación el referido bien inmueble al Sr. (NOMBRE DEL DEMANDADO) y VERONICA ARIAS RODRIGUEZ.
3.      A la fecha quien ocupa el bien es sólo el Sr. (NOMBRE DEL DEMANDADO), quien ante la falta de pago de cuotas de arrendamiento, fue invitado a un proceso de conciliación para con los demandantes.
4.      El proceso de conciliación culmino con el ACTA DE CONCLIACIÓN 2045-2012 que en su Segundo acuerdo conciliatorio establece y que es materia de ejecución lo siguiente:
“SEGUNDO.- (NOMBRE DEL DEMANDADO) se compromete a pagar los S/. 6 100.00 (…) a favor de la señora (…) y (…) de forma integra el día 07 de septiembre del 2012, dicho pago se realizará en el domicilio sito en Urbanización Santo Domingo II Etapa, F-5 distrito de José Luis Bustamante y Rivero (…) contra entrega del recibo correspondiente, fecha en que Martín Arnaldo Tito Collado desocupará el bien inmueble sito en Prolongación Los Arces y Pancho Fierro (hoy Melgar) Block A departamento 303, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa materia de la presente es decir el 07 de septiembre del 2012.”
5.      A la fecha se ha cumplido el plazo para el cumplimiento de lo dispuesto en el acta de conciliación sin que el demandado haya ejecutado lo que se comprometió, situación que motiva la presentación de esta demanda.


VII.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.

El Artículo 22 del Decreto Supremo 014-2008-JUS establece que “El acta que contiene el acuerdo conciliatorio debe precisar los acuerdos ciertos, expresos y exigibles establecidos por las partes. En todos los casos de actas que contengan acuerdos conciliatorios, necesariamente deberá consignarse la declaración expresa del Abogado del centro de conciliación verificando la legalidad del acuerdo.  (…) El Acta de Conciliación se ejecutará a través del proceso único de ejecución.” De esta manera,  ante el incumplimiento del demandado de un acuerdo conciliatorio, procede la ejecución del acta en el proceso único de ejecución.

VIII.- MEDIOS PROBATORIOS.

1.      Copia certificada del ACTA DE CONCILIACIÓN 2045-2012, en la que se podrá verificar el contenido del segundo acuerdo conciliatorio que ha sido incumplido por el demandado.
2.      Copia legalizada del contrato de Arrendamiento de casa Habitación que motivó el posterior proceso de conciliación.

IX.- ANEXOS.

1-A Copia de los Documentos Nacionales de Identidad de los Demandantes.
1-B  Copia certificada del ACTA DE CONCILIACIÓN 2045-2012.
1-C Copia legalizada del Contrato de Arrendamiento de casa Habitación.

POR LO EXPUESTO:

A UD. pido admitir a trámite la presente demanda.

PRIMER OTROSI. Otorgo las facultades de ley para que el Abogado que suscribe la presente pueda revisar el expediente las veces que sea necesario y recabar las copias y anexos pertinentes.

SEGUNDO OTROSI. Adjunto arancel judicial por ofrecimiento de pruebas y dos cédulas de notificación.
Arequipa, 27 de septiembre de 2012.




No hay comentarios:

Publicar un comentario

LITIGIUM ASESORES-ABOGADOS-CEL 917027195---