PROCESOS
JUDICIALES, REQUISITOS, DETALLES PASO A PASO
Listado de Trámites Judiciales:
¿Cómo debemos proceder en los trámites judiciales?
¿Ante quien los debemos incoar?
¿Quiénes son competentes para ver casos judiciales?
Veamos con ayuda del Poder Judicial, donde, ante quien y
que casos se pueden tramitar, para hacer valer nuestros derechos.
Pago
de Beneficios Sociales: Es el proceso judicial por el cual un
trabajador con vínculo laboral vigente o disuelto, demanda el pago de derechos
económicos (pago por CTS, gratificaciones, etc.).
Competencia:
Juzgado Especializado en lo
Laboral, o cuando el pago de las remuneraciones y beneficios sociales que se
demanda sea mayor a 10 URP.
Juzgado de Paz Letrado
cuando el pago de las remuneraciones y beneficios económicos que se demanda sea
hasta 10 URP.
Con la Nueva Ley Procesal
del Trabajo:
Juzgado Especializado en lo
Laboral, cuando el pago de las remuneraciones y beneficios sociales que se
demanda sea mayor a 50 URP.
Juzgado de Paz Letrado,
cuando el pago de las remuneraciones y beneficios sociales que se demanda sea
igual o menor a 50 URP.
Alimentos: Es
el proceso judicial tendiente a obtener el pago de una pensión alimenticia a
favor del alimentista (cónyuge, hijos, padres, hermanos). También puede
solicitarse el aumento, reducción, prorrateo, exoneración, extinción o cambio
en la forma de prestar la pensión alimenticia. (Acreditar estar al día con el
pago de la pensión de alimentos).
Competencia:
Juzgado de Paz Letrado.
Desalojo: Es
el proceso judicial que tiene por finalidad la desocupación de un bien
inmueble, por haber vencido el contrato de arrendamiento, por adeudar 2 meses y
15 días de alquiler, o por no tener un título que justifique su posesión
(poseedor precario).
Competencia:
Juzgado de Paz Letrado:
cuando la renta mensual sea hasta 50 URP; en los casos de desalojo por falta de
pago y en los casos de desalojo por vencimiento de contrato.
Juzgado Especializado en lo
Civil o Mixto: cuando la renta mensual supere las 50 URP o no exista cuantía; y
en los casos de desalojo contra ocupantes precarios.
Dispensa
Judicial de presentación de documentos para la celebración de matrimonio: Es
el proceso judicial por el cual los contrayentes solicitan al juez la dispensa en la presentación de
determinados documentos para la celebración del matrimonio. Siendo requisito
para contraer matrimonio civil ante cualquier Concejo Provincial, la
presentación de una serie de documentos (como la Partida de Nacimiento de los
contrayentes entre otros), si se careciera de estos documentos o si resultare imposible su obtención en el
breve término por la lejanía, se puede obtener la dispensa judicial de su
presentación.
Competencia: Juzgado
Especializado de Familia o Mixto.
Interdicción
Civil: Es el proceso judicial mediante el cual a una persona
se le declara incapaz de ejercer sus derechos civiles por sí misma. Pueden ser
objeto de interdicción: 1. Los que por cualquier causa se encuentran privados
de discernimiento. 2. Los retardados mentales. 3. Los que adolecen de deterioro
mental que les impide expresar su libre voluntad. 4. Los pródigos. 5. Los que
incurren en mala gestión. 6. Los ebrios habituales. 7. Los toxicómanos.
Competencia: Juzgado
Especializado de Familia o Mixto.
Autorización
judicial de viaje de menor de edad: Es el Proceso judicial a
través del cual se solicita al Juez autorizar el viaje de menores al interior
del país o al extranjero, cuando falten ambos padres o por disentimiento de uno
de ellos.
Competencia: Juzgado
Especializado de Familia o Mixto
Autorización
Notarial de viaje de menor de edad: Es la autorización
concedida por el Notario Público para el viaje de menores al extranjero o al
interior del país, siempre que exista consentimiento de ambos padres, salvo que
uno de ellos haya fallecido, o el menor haya sido reconocido por uno solo de
ellos.
Si el viaje se va a realizar
dentro del país, basta la autorización de uno de los padres.
Cuando el padre o la madre se encuentre en el
exterior, debe otorgar autorización para
el viaje a través del Consulado Peruano del país en el que se halla, el mismo
que deberá ser enviado al Ministerio de Relaciones Exteriores para la
legalización de las firmas del Cónsul; luego el otro padre, con el documento
consular legalizado, deberá acudir conjuntamente con el menor a la Notaría a
solicitar la autorización respectiva
Prescripción
Adquisitiva de Dominio: Es el proceso judicial por el cual se
adquiere la propiedad de un bien a través de la posesión continua, pacífica y
pública como propietario durante 10 años. Se adquiere la propiedad a los 5 años
cuando medien justo título y buena fe.
Cuando se trate de bienes
muebles, la adquisición por prescripción se da a los 2 años si hay buena fe, y
a los 4 años si no la hay.
Competencia:
Juez de Paz Letrado, cuando
el valor del bien es mayor a 100 URP y menor de 500URP.
Juez Especializado en lo
Civil o Mixto, cuando el valor del bien supera los 500 URP.
Cambio
o Adición de nombre: Es el trámite judicial que tiene por
finalidad el cambio de nombre (prenombres o nombres de pila) o adición de los
mismos, cuando existan motivos justificados para ello, como por ejemplo nombre
ofensivos, sarcásticos, homónimos de requisitoriados, atentatorios de la moral
y las buenas costumbres, etc.
Competencia: Juez
Especializado en lo Civil o Mixto.
Adopción
de menores de edad (por excepción): Es el proceso judicial a
través del cual se adopta a un menor de edad, estableciéndose de manera
irrevocable la relación paterno-filial entre personas que no la tienen por
naturaleza, en los siguientes casos:
El adoptante posee vínculo
matrimonial con el padre o la madre del niño o adolescente por adoptar y éste
mantiene vínculo de filiación biológica con el padre o la madre.
El adoptante posee vínculo
de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segunda de afinidad con
el niño o adolescente pasible de adopción.
El adoptante ha prohijado o
convivido con el niño o el adolescente por adoptar, durante un periodo no menor
de dos años.
Competencia: Juez
Especializado de Familia o Mixto.
Adopción
de mayores de edad: Es el proceso judicial de naturaleza no
contencioso a través del cual se adopta a una persona mayor de edad soltera o
casada. Por este proceso, el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante
y deja de pertenecer a su familia consanguínea. Cabe señalar que éste trámite
también se puede llevar a cabo en sede notarial.
Competencia: Juez
Especializado de Familia o Mixto.
Sucesión
Intestada en la vía judicial: Proceso judicial mediante
el cual las personas que se consideran herederos forzosos del causante
solicitan al Juez ser declarados como tales, en razón de no existir testamento
o de estar invalidado o caduco. El interesado puede optar por la vía judicial o
notarial (en este último caso siempre que haya acuerdo entre los coherederos).
Competencia: Juez de Paz
Letrado del último domicilio del causante.
Reconocimiento
de Resoluciones Judiciales y Laudos expedidos en el Extranjero -
Exequátur: Proceso judicial mediante el cual se solicita al Juez Superior el reconocimiento
por tribunales peruanos de una Resolución Judicial o laudo arbitral expedidos en el extranjero.
Competencia: Sala de
Familia, Mixta o Civil en cuya competencia tiene su domicilio la persona contra
quien se pretende hacer valer la sentencia.
Rectificación
de Partida: Es el proceso judicial o notarial que tiene por
finalidad la corrección de errores y/u omisiones de nombres, fecha de nacimiento, sexo o
estado civil consignados en las actas de nacimiento, matrimonio o defunción.
Competencia: Los Juzgados de
Paz Letrado del domicilio de solicitante.
Separación
Convencional y Divorcio Ulterior: Es
el proceso judicial que tiene por finalidad la disolución del vínculo
matrimonial por común acuerdo de los cónyuges, después de transcurridos por lo
menos dos años desde la celebración del matrimonio.
Competencia: Juzgado
Especializado de Familia o Mixto.
Tenencia
de menores: Es el proceso judicial por el cual uno de los padres
reclama ante el juez la tenencia del menor. La tenencia será determinada por el
Juez tomando en cuenta lo más beneficioso para el menor, de esta manera el hijo
vivirá con uno de los padres, en tanto que el otro padre tendrá derecho a un
régimen de visitas.
Competencia: Juzgado
Especializado de Familia o Mixto.
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