lunes, 23 de julio de 2018

LA PARTICIÓN DE BIENES DE UNA HERENCIA

La partición de una herencia: ¿Cómo se distribuyen los bienes?

Indagaremos en el conjunto de operaciones que se deben realizar cuando existe más de un asignatario en una sucesión, para otorgarle a cada quien lo que corresponda.
En artículos anteriores se ha abordado el tema de los derechos que pueden tener los herederos en una sucesión, sea que se haya otorgado o no un testamento.
En esta oportunidad indagaremos en el conjunto de operaciones que se deben realizar cuando existe más de un asignatario en una sucesión, para otorgarle a cada quien lo que corresponda según sus derechos en la herencia. Antes de que se realicen estos trámites, conocidos como partición de bienes, los coherederos no tienen derecho alguno sobre bienes particulares, sino que comparten una cuota sobre el conjunto de los bienes heredados.
Herencia Bienes
Foto: Internet
Para comprender esta situación, imagine que un excéntrico millonario regala para usted y tres amigos una maleta repleta de joyas, de distintos tamaños, colores y formas. ¿Cómo dividirían su contenido? Si bien es claro que a cada uno corresponde una parte de las joyas, lo cierto es que ninguno tiene -de momento- derechos sobre “ese” diamante, o “aquel” rubí. ¿Cómo determinar cuáles alhajas corresponderán a cada uno?
La situación descrita es similar a la que se presenta en las herencias.
Pues bien, la determinación de los bienes que corresponderán en definitiva a cada heredero puede hacerla el causante (en testamento o por un acto entre vivos); los coasignatarios de común acuerdo; o a un árbitro partidor (quién deberá completar su cometido en un plazo de dos años).
Las Fases de la Partición
Cuando se requiere la intervención de un juez partidor, y una vez que se tiene claridad respecto a quiénes tienen derechos en la herencia, cuáles son dichos derechos y cuáles son los bienes que serán objeto de partición, éste deberá -en primer lugar- liquidar los bienes, y luego proceder a su distribución.
La fase de “liquidación” tiene por objeto determinar cuánto corresponde a cada interesado. Para ello, se han de realizar una serie de diligencias tenientes a “depurar” el patrimonio, sacando bienes de terceros que pudiesen estar confundidos (por ejemplo, si el difunto se encontraba casado en sociedad conyugal) y deduciendo otros gastos, como los derivados de la apertura del testamento, los de la última enfermedad del causante, deudas a sus acreedores, entre otros, a fin de dejar el patrimonio “limpio” para procederá distribuir los bienes.
La fase de “distribución” busca adjudicar a cada asignatario cierta cantidad de bienes equivalentes a su cuota en la herencia.
¿Cómo se realiza la distribución de los bienes?
En primer lugar se debe atender a la intención de las partes. Si ellas no logran ponerse de acuerdo respecto a la forma en cómo realizar dicha distribución, el partidor debe atender a lo dispuesto en la ley: si es posible dividir cómodamente los bienes, se deben hacer hijuelas o lotes similares (en el ejemplo propuesto, se deberán hacer hijuelas de joyas que sumen un mismo valor, y que sean relativamente similares). Luego, se procederá a sortear los distintos conjuntos entre los herederos.
Sin embargo, podría ocurrir que los bienes no admitan cómoda división o que, de dividirse, disminuyan su valor (por ejemplo, si sobra un solo diamante). En este caso, se adjudicará el bien al coasignatario o al tercero que ofrezca un mayor precio por el bien, dividiéndose el importe entre todos ellos.
Si se trata de bienes inmuebles o fundos se procurará, en la medida que no cause un mayor perjuicio al resto de los coasignatarios, mantener la continuidad entre sus porciones. También podrían coexistir derechos de distintos coherederos sobre el mismo predio.
Una mención especial merece el importante resguardo que la ley ha concedido al viudo o viuda del difunto. Se le otorga el dominio del inmueble en que vive, siempre que éste haya sido la vivienda principal de la familia y de su mobiliario. En aquellos casos en que la porción que le corresponde al cónyuge sea inferior a la suma conjunta del inmueble y sus muebles,  se le asignarán estas cosas ya no como dueño, sino que como usuario o habitador de las mismas, de manera gratuita y para toda la vida. En otros términos, el viudo o viuda podrá seguir viviendo en su hogar con cargo a su cuota hereditaria.
El juicio de partición termina con la sentencia o laudo, que tiene un efecto de adjudicación de los bienes (esto es, el heredero pasa a ser dueño exclusivo del mismo).
Si lo que se adjudica es un inmueble, será muy relevante inscribir el acto de partición en el Registro Conservatorio respectivo, pues a partir de ese momento el heredero podrá disponer por sí mismo, sin necesidad de contar con la autorización de los demás herederos, de aquel bien.

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